FEDECOBA informa aspectos importante del aumento de las tarifas de la luz

10 marzo, 2016

FEDECOBA informa aspectos importante del aumento de las tarifas de la luz

En una nota de prensa, FEDECOBA, Federación de Cooperativas de Electricidad y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Ltda, informó distintos aspectos para entender el incremento tarifario dispuesto por el Gobierno Provincial,  y que deberán aplicar las distribuidoras cooperativas.

El organismo hace referencia también en el comunicado, al Plan estímulo, donde se asegura que se trata de un mecanismo de incentivo establecido por la Nación, cuyo objetivo es impulsar a los usuarios a un uso eficiente y responsable de la energía eléctrica. Este, se aplica solo a usuarios residenciales, residenciales estacionales y rurales, cuyo consumo mensual de energía comparado con el registrado en igual período del año 2015, se haya reducido y contempla precios inferiores para los casos en los cuales el ahorro sea entre 10% y 20% y superior al 20%.

A su vez, FEDECOBA informa respecto a la Tarifa Social, determinada por el Estado nacional y no por la cooperativa, para usuarios de menores recursos y que cumplan con ciertos requisitos que establece –entre otros beneficios- que los primeros 150kwh se facturen con un importante subsidio. En los casos en que exceda dicho consumo, pero que el total no supere al correspondiente del idéntico período del año anterior, el precio aplicable al excedente tendrá un importante subsidio. Si su consumo total es superior, el precio aplicable al excedente será el de la tarifa plena que paga el resto de los usuarios residenciales no alcanzados por la tarifa social.

Solo podrán acceder a este tipo de tarifa: titulares del servicio que sean beneficiarias/os de programas sociales; jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 (importe correspondiente a dos jubilaciones) vigente hasta febrero 2016, inclusive según Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de la Seguridad Social; trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120 (importe de dos SMVM) según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de enero 2016; personas con discapacidad; inscriptas/os en el Monotributo Social; empleadas/os del servicio doméstico; personas que cobren Seguro de Desempleo.

Cabe mencionar que están excluidos quienes sean propietarias/os de más de un inmueble, posean un vehículo de hasta 15 años de antigüedad o tengan aeronaves o embarcaciones de lujo. No podrán acceder a la Tarifa Social.

En este sentido, se informa que Celta, debe enviar mensualmente al OCEBA (Organismo de Control de la Provincia de Buenos Aires) la base datos actualizada de los usuarios residenciales. Luego el OCEBA devuelve todos los meses dicha base con el listado confeccionado por el SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social) conteniendo los usuarios a los cuales deberá aplicarles dicha tarifa, como así también aquellos que resultaron excluidos del beneficio.

El aumento si bien depende de los consumos y del encuadramiento en cada categoría de usuarios, se puede realizar las siguientes estimaciones: Usuario Residencial (T1R), Residencial Estacional (T1RE) con consumo de 150 kWh/mes y que no ahorra respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 121%; Usuario Residencial (T1R), Residencial Estacional (T1RE) con consumo de 150 kWh/mes y que ahorra entre un 10% y un 20% respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 107%; Usuario Residencial (T1R), Residencial Estacional (T1RE) con consumo de 150 kWh/mes y que ahorra más de un 20% respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 97%; Usuario Residencial (T1R), Residencial Estacional (T1RE) con consumo de 270 kWh/mes y que no ahorra respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 125%; Usuario Residencial (T1R), Residencial Estacional (T1RE) con consumo de 270 kWh/mes y que ahorra entre un 10% y un 20% respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 111%; Usuario Residencial (T1R), Residencial Estacional (T1RE) con consumo de 270 kWh/mes y que ahorra más de un 20% respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 101%; Usuario Residencial (T1R) en la Tarifa Social con consumo menor o igual a 150 kWh/mes: sufrirá un incremento del orden del 11%, independientemente que ahorre o no respecto del año 2015. Deja de pagar el 15,5% de impuestos provinciales con lo cual va a pagar prácticamente lo mismo que hasta ahora; Usuario Residencial (T1R) en la Tarifa Social con consumo de 270 kWh/mes y que ahorra respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 14%. Deja de pagar el 15,5% de impuestos provinciales con lo cual va a pagar prácticamente lo mismo que hasta ahora; Usuario Residencial (T1R) en la Tarifa Social con consumo de 270 kWh/mes y que no ahorra respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 40%. Deja de pagar el 15,5% de impuestos provinciales; Usuario Rural (T4) con consumo de 210 kWh/mes y que no ahorra respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 116%; Usuario Rural (T4) con consumo de 210 kWh/mes y que ahorra entre un 10% y un 20% respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 107%; Usuario Rural (T4) con consumo de 210 kWh/mes y que ahorra más de un 20% respecto del año 2015: sufrirá un incremento del orden del 101%; Usuario de la Tarifa General Bajos Consumos (comerciales/industrial) con consumos de 270 kWh/mes: sufrirá un incremento del orden del 109%; Usuario de la Tarifa General Altos Consumos (comerciales/industrial) con consumos de 1430 kWh/mes: sufrirá un incremento del orden del 115%.

Los usuarios que  consideren que cumplen los criterios de elegibilidad de la tarifa social y que no están alcanzados por alguno/s de los criterios de exclusión, podrán acercarse a la CELTA para asegurarse que la misma tenga cargado en su base de datos su número de documento.