Indemnizaciones laborales: Gestión de FEBA para evitar modificación del artículo 48 de la ley 11.653

11 junio, 2024

Indemnizaciones laborales: Gestión de FEBA para evitar modificación del artículo 48 de la ley 11.653

La media sanción al proyecto de Ley para la modificación artículo 48 ley 11.653 en la Cámara de Diputados genera gran preocupación entre las pymes bonaerenses. Con el respaldo de las más de 200 entidades que representa, la Federación Económica de la provincia de Buenos Aires (FEBA) reiteró su rechazo a la medida, a través de la cual se modificaría la fórmula para establecer las indemnizaciones laborales.
El presidente de FEBA, Camilo Alberto Kahale, advirtió que, “de confirmarse la medida, conllevará inevitablemente grandes perjuicios a las empresas, en particular a las pymes”.

Con el fin de evitar la ratificación de la modificación en el Senado bonaerense, a diferencia de lo que sucedió con los diputados, que avanzaron con la media sanción sin haber involucrado ni consultado a los actores que representan a las pymes, FEBA está realizando gestiones ante senadores de distintos bloques.
Ya se mantuvo un encuentro con los senadores Sergio Vargas y Silvana Ventura, de La Libertad Avanza, del cual participaron más de 100 empresarios pymes nucleados en FEBA y sus cámaras asociadas. En la reunión se propuso la discusión de una alternativa que beneficie a quienes generan trabajo en la Provincia.
Además, FEBA envió una nota a la vicegobernadora y presidenta del Senado, Verónica Magario, en la que solicita desestimar el proyecto. La carta contó con el apoyo más de 200 Federaciones, Cámaras y entidades de la Provincia, que a su vez replicaron la solicitud. La Confederación Económica de la Mediana Empresa (CAME), también envió una nota a la Vicegobernadora ante una eventual implementación de proyectos similares en otras provincias argentinas.
¨La actualización de juicios laborales que se plantea en el proyecto es exorbitante y ya está generando distorsiones en los juicios que se están tramitando actualmente. La modificación de este artículo significa el certificado de defunción de las pymes bonaerenses¨ indicó Kahale.
¿Cuál es el alcance de la modificación propuesta?
Se trata de una modificación de la forma en que se calculan los intereses en las sentencias por juicios laborales, a través de la modificación del artículo 48 de la ley 11.653 de Procedimiento Laboral.
El proyecto establece que el monto indemnizatorio por el que se condene al empleador se deberá actualizar según el CER + 6% anual. El cálculo de tiempo se deberá computar desde la fecha de cese de la relación laboral hasta el efectivo pago de la indemnización correspondiente.
“De ser aprobado, este sistema desembocará en un resultado desproporcionado que prescinde de la realidad económica de las empresas demandadas”, considera Kahale.
El Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) implica una indexación basada en el índice de precios al consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y contiene en su fórmula de capitalización diaria, con lo cual contraría la legislación vigente en cuanto a la prohibición del art. 770 del Código Civil y también de los art. 7 y 10 de la ley 23.928 (en versión ley 25561).
Cabe mencionar que la naturaleza del CER fue como índice en lugar de tasa propiamente dicha, cuyo origen incluyó la conversión forzosa de depósitos bancarios en moneda extranjera a pesos. Es decir, que se interpreta erróneamente considerar que la simple regulación por parte del Banco Central convierte esta herramienta financiera en una “tasa”, y aún más, en una tasa adecuada para la actualización de créditos laborales.
“Es importante que se revea su tratamiento y no se avance hasta tanto se genere este espacio de diálogo, y se evalúe el grave perjuicio que puede ocasionarle a las pymes, y la futura generación de empleo”, concluye Camilo Alberto Kahale.
Este miércoles 12 a las 12:30, las autoridades de FEBA se reunirán nuevamente con distintos bloques del Senado. La iniciativa cuenta con el apoyo de CAME, la Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires (UIPBA), la Confederación Económica de la Provincia de Buenos Aires (CEPBA), Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), Cámara de Turismo de la Provincia de Buenos Aires (CATURBA), la Cámara de Inmobiliarias, AIEPBA, la Unión Industrial de Berazategui (UIB), y la Federación de Almaceneros, entre otras.